ABISMO
CONSTITUCIONAL
Este
día 6 en que se celebra y conmemora la Constitución española de
1978, es para la mayoría un maravilloso puente, de esos que une dos
días de fiesta, 6 y 8 para disfrutar de unas minivacaciones (en
muchos casos bien merecidas).
No
creo que haya muchos que se paren a pensar seriamente en la
Constitución
y su significado, y los que lo hacen, seguro que están pensando en
el polémico artículo 135 de la misma.
Si
bien no es baladí plantearse el estado de las autonomías y su
reforma, en beneficio de todas las partes, dadas las graves tensiones
que suscita, no estaría de más ir un poco más lejos, molestarse en
releer suscintamente aunque solo sea el preámbulo y los primeros
artículos de la Constitución. Pues ¿qué autonomía puede o debe
exigir un pueblo, si no tiene garantizada la autonomía de los
individuos que lo componen?. Si los individuos que componemos la
sociedad adolecemos de indefensión, desigualdad, violación de
nuestros derechos más primarios, discriminación por sexo, raza,
etc, ¿qué sentido tiene hablar de autonomía?. ¿De qué sirve una
Constitución que desatiende los derechos fundamentales de los
individuos que la constituyen?
Casi
todas las Constituciones, Cartas Magnas, Leyes Fundamentales, o como
quiera que se llamen, en países no oprimidos por una cruel
dictadura, parten de los mismos fundamentos, basados en los primeros
principios del derecho natural, cuyo
incumplimiento imposibilita la convivencia pacífica de cualquier
sociedad: derecho a la igualdad, a la libertad, a la educación, a la
vivienda, a la justicia, etc.
Repasados
estos principios básicos y comprobada su completa ineficacia en un
estado, que se define social y de derecho, pero
en el que se viola sistemáticamente la individualidad, ¿cómo
podremos llegar a comprender o solucionar el artículo 135?, ¿vamos
a empezar la casa por el tejado?.
Por
muchas vueltas que le demos, por muchos matices, distinciones y
nomenclaturas, la historia de la humanidad se define por la lucha y
escisión de dos corrientes que pretenden ser contrapuestas entre sí:
idealismo
y realismo, racionalismo y empirismo, teoría y práctica..., que,
lejos de hallarse en las antípodas, se reclaman sin remedio, se
necesitan mutuamente, porque no podría existir la una sin su
“contraria”; dos caras de un mismo mundo que va cambiando
cíclicamente, rotando de la una a la otra, bien por hastío o por
pura inercia, sin que sus actores se percaten de la absoluta
necesidad de este ciclo.
Ya,
nuestro gran Cervantes, las representó con dos personajes
inmortales, perfecta puesta en escena de la teoría de los
contrarios. Posteriormente, fue el sagaz y lúcido Unamuno el
encargado de hacernos ver que Cervantes no contraponía dos visiones
del mundo, sino que las presentaba como tales, como conjunción
perfecta de dos elementos, como unidad indisoluble entre inducción y
deducción, teoría y praxis. En “Vida de Don Quijote y Sancho”,
nos
arrastra con dulzura hasta la comprensión de esta realidad, de la
quijotización de Sancho y la sanchificación de Quijote.
Es
inapelable que la teoría nos lleva a la práctica, ésta a una nueva
teoría, que a su vez revierte en una nueva práctica,..”ad
infinitum”, y empezando por donde se quiera, como el huevo y la
gallina.
Podremos
analizar disociando, pero no debemos olvidarnos de volver a asociar
lo que se pertenece inexorablemente.
Y
en este punto, en esta inaceptable disociación es donde se abre el
abismo infranqueable que atenta contra los fundamentos mismos de
nuestra sociedad.
Si
la Constitución es el primer eslabón, el que nos proporciona las
bases “sine qua non”, el segundo eslabón deberían ser las
leyes, un pasito más cerca del individuo, concretando un tanto esos
principios tan generales. Pero aún queda un puente, que debería ser
limpio y transparente: siendo la ley aplicable a cualquier individuo,
sigue manteniéndose en el terreno de la generalidad, con lo que
necesita la mano de una justicia incorruptible (¡no se rían, por
favor!), para bajar ese tercer escalón, para adecuar la ley a todo
tipo de circunstancias y acercarse lo más posible a la relativa
justicia que puede reinar en una sociedad de hombres imperfectos
(afortunadamente).
Por
poner un ejemplo práctico:
imaginemos
que Joseph K. se halla tendido en la cama de su pensión, extenuado,
tras haber recorrido mil veces el castillo, cumplido absurdas órdenes
de no se sabe quién, al que no puede acceder, por lo que desconoce
el sentido o finalidad de su caótico trasiego, se siente
transformado en obediente
cucaracha de un supuesto dueño incognoscible. La razón siempre se
rebela al absurdo, su estado psicológico es tal que no puede
reprimir las lágrimas, que siente rabia infinita, y se pone a
golpear con fuerza el colchón donde reposa, para desfogar
incomprensión y tedio.
Imaginemos
que la curiosa patrona se asoma por la rendija de la pared, se
escandaliza del estado deJ.K., y sin preguntarse por razones o
consultarle por su estado, convoca directamente a todos los médicos
y policías del castillo para que se lleven a ese indeseable de su
pensión.
El
desconocido dueño del castillo dicta sentencia, J.K. es encarcelado.
Inútil su intento de resistencia, su apelación a la justicia, a su
derecho a ser defendido, a la violación de su morada, al
derecho de ser escuchado, a la presunción de inocencia que todo ser
debe tener. Grita, apela, pregunta,
pide. El anónimo poder traga su voz.
Os
preguntaréis por los demás. ¿No habrá nadie que se compadezca?.
Pues no. El poder es anónimo y absoluto. La masa asume el poder,
porque
el absurdo se ha adueñado de la masa.
Un
indulto sin explicaciones sorprende a J.K. Ya no grita, ha aceptado
que así será su permanencia en el castillo.
Años
más tarde, su abatimiento vital en aumento, en una de esas humanas
caídas, en uno de esos humanos deseos de comprender algo, de saber
por qué ha de obedecer a las órdenes de NADIE, vuelve a ser
sorprendido por la misma patrona. Vuelve a ser apresado por los
mismos todopoderosos. Ya casi no se reconoce como persona.
Este
resumen no corresponde a “El Castillo” de Kafka, es una metáfora
de lo que ocurre, está ocurriendo en nuestra sociedad castillo:
violaciones
de morada sin orden judicial, jueces comprados para dar la orden, si
es el caso, desprotección, encarcelamiento sin delito,
desinformación de causas, violaciones de intimidad, etc
Y
todo esto forma parte de los fundamentos, de las bases de una
Constitución garante de un estado de derecho y no de la ley de la
selva.
Libertad,
igualdad, fraternidad, ideales de la Revolución Francesa que no se
han cumplido, y quizás jamás se cumplan.
Checha,
6 de diciembre de 2014
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